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año:2011
 
institución:TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
 
institución:CONSEJO DE TRANSPORTE PUBLICO
 

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DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No. 12613 13 de diciembre de 2011 DCA-3283 Señor Erick Guzmán Vargas Secretario a.i. Tribunal Supremo de Elecciones Estimado señor: Asunto: Se concede refrendo condicionado al contrato celebrado entre el Tribunal Supremo de Elecciones y SPC Internacional S.A., para la “compra de concentrador de fibra, enrutadores, tarjeta de 48 puertos y otros, producto de la Licitación Pública 2011LN- 000119-85002, por un monto de $409.119.74. Nos referimos a su oficio STSE-3418-2011 de fecha y recibo, 29 de noviembre del 2011, mediante el cual remite para trámite de refrendo, el contrato indicado en el asunto. El contrato anteriormente citado, es refrendado bajo los siguientes comentarios y condicionamientos: I. Antecedentes: De conformidad con el expediente aportado, se comprueba que constan los siguientes documentos y aspectos de interés: 1. Que de acuerdo con el acto de adjudicación, del 27 de setiembre del 2011 se adjudicó a SPC Internacional S.A., las líneas 1, 2, 4, 5, 7, 8, 9, 10, 11, 12 y 13 de la licitación de marras, lo anterior visible a folios 465 a 457 y la comunicación de dicha adjudicación, se dio mediante publicación en el Diario Oficial La Gaceta 190 del 4 de octubre del 2011, ver folio 466 del expediente administrativo. 2. Que con vista en la certificación de contenido presupuestario, visible a folio 471 del expediente administrativo, emitida por Carlos Umaña Morales, se cuenta con el disponible presupuestario suficiente, para cubrir las erogaciones que demande la presente contratación. 3. Que de conformidad con lo señalado en el cartel, la empresa adjudicataria, aportó la suma de ¢519.950 por concepto de especies fiscales, (ver entero bancario adjunto al contrato) y por concepto de garantía de cumplimiento aportó la suma de ¢20.456 (ver folios 469 y 470 del expediente administr ...
Fecha publicación: 16/12/2011
Fecha emisión: 13/12/2011
Documento: 12613-2011.pdf
Institución: TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS


DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio Nº 12562 13 de diciembre, 2011 DCA-3278 Señor Alejandro Bermúdez Mora Secretario Tribunal Supremo de Elecciones. Asunto: Se otorga refrendo condicionado al contrato y adenda N° 1 para la Compra de Servidores de Cómputo para el Tribunal Supremo de Elecciones, suscrito entre ese Tribunal y la empresa Componentes El Orbe S.A. (Licitación Pública N° 2011LN- 000104-85002). Estimado señor: Damos respuesta a sus oficios N° STSE-2913-2011 del 03 de octubre y N° STSE-3228- 2011 del 8 de noviembre del año en curso, mediante los cuales solicita refrendo contralor y brinda información adicional respecto al contrato y adenda N° 1 para la Compra de Servidores de Cómputo para el Tribunal Supremo de Elecciones, suscrito entre esa Administración y la empresa Componentes El Orbe S.A. (Licitación Pública N° 2011LN-000104-85002). Una vez analizado el expediente de la respectiva contratación, según lo establecido por el artículo 8 del Reglamento sobre el Refrendo de las Contrataciones de la Administración Pública, sobre el alcance del análisis del contrato, se devuelve los documentos de mérito debidamente refrendados, bajo las condiciones que adelante se indican, cuya verificación será responsabilidad exclusiva del señor Alejandro Bermúdez Mora, en su condición de Secretario del Tribunal Supremo de Elecciones. En caso de que el señor Bermúdez Mora no resulte competente para verificarlas, será su responsabilidad instruir a la dependencia que corresponda a ejercer el control sobre los condicionamientos señalados a continuación: 1. Es responsabilidad de esa Administración, contar con el contenido presupuestario suficiente a efectos de enfrentar la erogación correspondiente a esta contratación, de conformidad con 2 certificación N° 69 del 14 de noviembre del 2011 ...
Fecha publicación: 16/12/2011
Fecha emisión: 13/12/2011
Documento: 12562-2011.pdf
Institución: TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE ADDENDUM


DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio Nº 12323 7 de diciembre de 2011 DCA-3223 Licenciado Marvin Salas Hernández Director Administrativo Financiero a.i. Consejo de Transporte Público Fax: 2586-9090 Estimado señor: Asunto: Se archiva la gestión formulada al no haberse atendido requerimiento previo.- Me refiero a su oficio DAF-2011-414 del 11 de noviembre del presente año, mediante el cual solicita autorización para contratar directamente a SOIN S.A., para la implementación del paquete financiero el cual contempla los módulos de Contabilidad, Tesorería, Compras, Inventarios, Activos Fijos, Presupuestos y Reportes, sistemas que actualmente están funcionando en el CONAVI. Sobre el particular, tenemos que esta División mediante oficio DCA-3086 del 22 de noviembre de 2011, notificado el 23 de noviembre pasado, se requirió información al respecto, otorgándose al efecto un plazo de ocho días hábiles para su presentación, los cuales vencieron el 5 de diciembre de 2011, sin que se remitiera la información requerida, bajo la advertencia de que si no se presentaba la información se procedería al archivo de la solicitud. Así las cosas, se procede al archivo de la gestión formulada por su persona. Atentamente, Lic. Oscar Castro Ulloa Gerente Asociado a.i. OCU/yhg Ni: 20349 Ci: Archivo Central G: 2011002899-1 ] ...
Fecha publicación: 09/12/2011
Fecha emisión: 06/12/2011
Documento: 12323-2011.pdf
Institución: CONSEJO DE TRANSPORTE PUBLICO
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: AUTORIZACIONES DE CONTRATACIÓN DIRECTA
Proceso: TRAMITE DE SOLICITUDES DE AUTORIZACION DE CONTRATACION DIRECTA


DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio Nº 11167 11 de noviembre, 2011 DCA-2975 Señores Dennis Cascante Hernández Director General de Estrategia Tecnológica Francisco Rodríguez Siles Director Ejecutivo TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES Estimados señores: Asunto: Se deniega autorización al Tribunal Supremo de Elecciones para contratar en forma directa el uso de licencias de software bajo el sistema Enterprise Agreement, con la empresa Microsoft representada por MSLI LATAM Inc. Damos respuesta a su oficio DGET-116-2011 de fecha 19 de setiembre del año en curso, complementado con los oficios DGET-135-2011 del 11 de octubre y DGET-154-2011 del 18 de octubre último, mediante el cual solicita la autorización de esta Contraloría General para que el Tribunal Supremo de Elecciones pueda contratar en forma directa el uso de licencias de software bajo el sistema Enterprise Agreement, con la empresa Microsoft representada por MSLI LATAM Inc. I. Antecedentes: Mediante el oficio No. 6649 DCA-1977) del 3 de julio del 2008, esta División otorgó una autorización al Tribunal Supremo de Elecciones para contrata en forma directa el arrendamiento de licencias de Microsoft, bajo el esquema Enterprise Agreement. Dicha autorización se otorgó por un plazo máximo de tres años. El contrato producto de dicha autorización fue refrendado mediante el oficio No. 11677 (DCA-3549) del 5 de noviembre del 2008. II. Justificaciones de su solicitud: Como razones dadas para justificar la solicitud, nos indica lo siguiente: 2 Que actualmente el Tribunal Supremo de Elecciones cuenta con un contrato de licenciamiento de software por volumen denominado Enterpirse Agreement, con la empresa MSLI LATAM Inc, negociado a través de Microsoft de Centroamérica S.A., lo que ha permitido que la institución aproveche una serie de condiciones ben ...
Fecha publicación: 13/11/2011
Fecha emisión: 10/11/2011
Documento: 11167-2011.pdf
Institución: TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: AUTORIZACIONES DE CONTRATACIÓN DIRECTA
Proceso: TRAMITE DE SOLICITUDES DE AUTORIZACION DE CONTRATACION DIRECTA
Tesauro: Contrataciones autorizadas por Contraloría General de la República


DIVISIÓN DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio Nº 11033 8 de noviembre de 2011 DCA-2928 Licenciado Alejandro Bermúdez Mora Secretario Tribunal Supremo de Elecciones Fax 2255-0213 Estimado señor: Asunto: Se otorga refrendo al contrato número al contrato número 2011-000016-000 para la Compra de Equipo para Tarjeta de Identidad de Menores (TIM), suscrito entre el Tribunal Supremo de Elecciones y el Consorcio CR Soluciones – ABM, de la Licitación Publica Nº 2011LN- 000041-85001. Nos referimos a su oficio número STSE-2928-2011, de fecha 5 de octubre de 2011, adicionado por medio del oficio nº STSE-3210-2011, mediante los cuales solicita a este órgano contralor el refrendo al contrato antes indicado, gestión que se ampara en los artículos 184 de la Constitución Política y en el Reglamento sobre el Refrendo de las Contrataciones de la Administración Pública. Una vez realizado el estudio de rigor, esta División otorga el refrendo constitucional respectivo al contrato anteriormente citado, bajo los siguientes comentarios y condiciones, a las cuales queda sujeto el presente refrendo. I.- Consideraciones de la gestión: Esta División consideró de importancia para emitir el presente refrendo de legalidad, los aspectos siguientes: 1.-Se tuvo a la vista la certificación de contenido presupuestario emitida por el licenciado Carlos A. Umaña Morales, Contador del Tribunal Supremo de Elecciones, de fecha 2 de noviembre de 2011, por los montos de 136.548.148,00 colones y 7.381.595,00 colones, recibida en esta división el día 4 de noviembre de 2011, mediante el oficio nº STSE-3210-2011. En este sentido, se recuerda que es de exclusiva responsabilidad de la Administración no solo la acreditación del presupuesto, sino además la factibilidad técnica y jurídica de aplicar los recursos certificados en el objeto de esta contratación (oficio nº STSE-3210-2011 de fecha 4 de noviembre de 2 ...
Fecha publicación: 11/11/2011
Fecha emisión: 08/11/2011
Documento: 11033-2011.pdf
Institución: TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS


R-DCA-515-2011 CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Contratación Administrativa. San José, a las nueve horas del doce de octubre de dos mil once. ----------------------------------------------- Recurso de apelación interpuesto por la empresa Cobiermat de Centroamérica S. A. en contra del acto de adjudicación de la línea Nº 2 de la Licitación Abreviada Nº 2011-LA-000076-85001, promovida por el Tribunal Supremo de Elecciones para “Remodelaciones en las oficinas centrales del Tribunal Supremo de Elecciones”, recaído a favor de la empresa Ingeniería PCR S. A., por un monto de ¢95.869.960,39.--------- RESULTANDO I. Que mediante escrito presentado ante este Despacho el día 30 de setiembre del 2011, la firma Cobiermat de Centroamérica S. A. interpuso recurso de apelación en contra de la adjudicación de la línea Nº 2 de la licitación abreviada Nº 2011-LA-000076-85001 promovida por el Tribunal Supremo de Elecciones, alegando, entre otras cosas, que fue excluida porque la experiencia que acreditó en su oferta corresponde antes de la inscripción en el Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos.-------------------------------------- II. Que mediante auto de las ocho horas con treinta minutos del cuatro de octubre del dos mil once se solicitó el expediente de la Licitación Abreviada Nº 2011-LA-000076-85001 al Tribunal Supremo de Elecciones.------------------------------------------------------------------------------------------------------------------ III. Que mediante oficio Nº STSE-2927-2011 la Administración remitió el expediente solicitado, y según oficio PROV-1100-2011 la entidad licitante brinda información referente a la comunicación del acto de adjudicación de la Licitación Abreviada Nº 2011-LA-000076-85001. -------------------------------------------- IV. Que la presente resolución se dicta dentro del término de ley, habiéndose observado durante su trámite las prescripciones legales y reglamentarias pertinente ...
Fecha publicación: 18/10/2011
Fecha emisión: 12/10/2011
Institución: TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE APELACION
Proceso: ANALISIS DE ADMISIBILIDAD DE RECURSOS DE APELACION


DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA ÁREA DE FISCALIZACIÓN DE SERVICIOS DE INFRAESTRUCTURA T: (506) 2501-8000 F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S : http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica Al contestar refiérase al oficio No. 07628 17 de agosto, 2011 DFOE-IFR-0488 Licenciado Ricardo Jiménez Godínez, MBA. Auditor Interno CONSEJO DE TRANSPORTE PÚBLICO Estimado señor: Asunto: Criterio solicitado el Auditor Interno sobre la aplicación de los artículos 23,24 y 27 de la Ley de Control Interno. Mediante su oficio AI-O-11-0285 del 23 de junio del 2011 se formula consulta en relación con la posibilidad de que una comisión o comité institucional conformado por personal de planta pueda interferir en la ejecución presupuestaria de la Auditoría Interna. Asimismo se solicita el criterio sobre si una vez que el máximo jerarca aprueba el presupuesto de la Auditoría Interna y ésta comunica su Plan de Trabajo, Plan de Compras, Plan de Capacitación, Plan de Requerimientos TI y otros, a las instancias correspondientes, puede una comisión o comité institucional establecer regulaciones administrativas que limiten la ejecución y el cumplimiento de los mismos. Ambas consultas giran en torno a los alcances de la independencia de la Auditoría Interna, y para ello es necesario remitirse a lo señalado en la Ley General de Control Interno (LGCI) que establece la diferenciación entre la independencia administrativa y la independencia de carácter funcional de la Auditoría Interna. De esta forma, el artículo 24 de ese mismo cuerpo normativo señala: “Dependencia orgánica y regulaciones administrativas aplicables. El auditor y el subauditor internos de los entes y órganos sujetos a esta Ley dependerán orgánicamente del máximo jerarca, quien los nombrará y establecerá las regulaciones de tipo administrativo que les serán aplicables a dichos funcionarios. Los demás funciona ...
Fecha publicación: 24/08/2011
Fecha emisión: 16/08/2011
Institución: CONSEJO DE TRANSPORTE PUBLICO
Emite: AREA FISC. SERVICIOS DE INFRAESTRUCTURA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO


DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No. 05181 10 de junio, 2011 DCA-1495 Licenciado Mario F. Badilla Apuy Director Ejecutivo Consejo de Transporte Público Estimado señor: Asunto: se aclara el oficio No 4512 del 23 de mayo de este año, únicamente en cuanto a que el Consejo de Transporte Público si cuenta con las potestades de obtener préstamos. Por lo anterior se modifica la advertencia de que no se podrá realizar la transacción hasta tanto no cuenten con la totalidad del disponible presupuestario y se establece en su lugar que no se podrá realizar la transacción hasta tanto no cuenten con la disponibilidad presupuestaria y el financiamiento necesario para poder adquirir el edificio pretendido incluido en dicho presupuesto. Nos referimos a oficio No. DE-2011-1432 del 2 de junio de este año, mediante el cual solicita aclaración del citado oficio en el sentido de que el Consejo de Transporte Público no requiere contar con la totalidad de la disposición presupuestaria para comprar tres inmuebles inscritos a nombre de ICAFE. Antecedentes y justificación de la solicitud: • Que de manera general, el artículo 5 de la Ley 7969 crea el Consejo de Transporte Público como un órgano de desconcentración máxima con personería propia y que puede realizar cualquier tipo de contrato para la ejecución de sus funciones y también el establecimiento de sus oficinas. • Que el artículo 24 inciso b) de la ley 7969 contempla los préstamos como fuente de financiamiento del Consejo de Transporte Público. Estableciéndose expresamente “Artículo 24.- Fuentes de Financiamiento...b) Los aportes, las donaciones, los préstamos, las subvenciones y las contribuciones de personas naturales o jurídicas, nacionales o internacionales” Además en el artículo 6 último párrafo se establece que el Consejo podrá establecer las oficinas que considere necesarias en los principales c ...
Fecha publicación: 13/06/2011
Fecha emisión: 10/06/2011
Documento: 05181-2011.pdf
Institución: CONSEJO DE TRANSPORTE PUBLICO
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: SOLICITUD DE ADICION Y ACLARACION DE OFICIO


DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No. 04512 23 de mayo, 2011 DCA-1326 Licenciado Mario F. Badilla Apuy Director Ejecutivo Consejo de Transporte Público Estimado señor: Asunto: se deniega, por no requerirla, autorización al Consejo de Transporte Público para contratar directamente la compra de tres inmuebles inscritos en el Registro Público, sistema de folio real matrícula 1-097228-000,1-074331-Duplicado B-000 y 1-049146-000 propiedad de ICAFE por $4.446.307.47, según lo dispuesto en el inciso c), artículo 2 de la Ley de Contratación Administrativa y 130 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa. Se advierte que no se podrá realizar la transacción hasta tanto no cuenten con la totalidad del disponible presupuestario. Nos referimos a oficio No. DE-2011-1166 del 6 de mayo de este año, recibido en Contraloría General el día 9, mediante e mediante el cual solicita autorización para comprar tres inmuebles inscritos a nombre de ICAFE. Fundamenta la presente solicitud en lo dispuesto el artículo 2 de la Ley de Contratación Administrativa y 138,139 y 157 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa (RLCA). Antecedentes y justificación de la solicitud: • Que el Consejo de Transporte Público tiene la necesidad de adquirir un edificio en el cual establezca sus oficinas, ya que actualmente las mismas se encuentran ubicadas en distintos inmuebles arrendados para ese fin. Dicha necesidad incluso se ha reflejado en informes de la Contraloría general. Que anteriormente gozaba de unas oficinas ubicadas en la en el MOPT pero el convenio que establecía de uso y disfrute de instalaciones con el MOPT se finiquitó por mutuo acuerdo el 30 de marzo de este año. • Que el Consejo de Transporte Público desde noviembre de 2010 realizó un proceso de selección para identificar el inmueble idóneo que cumpliera con sus necesidades y para lo cual contaron con l ...
Fecha publicación: 26/05/2011
Fecha emisión: 23/05/2011
Documento: 04512-2011.pdf
Institución: CONSEJO DE TRANSPORTE PUBLICO
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: AUTORIZACIONES DE CONTRATACIÓN DIRECTA
Proceso: TRAMITE DE SOLICITUDES DE AUTORIZACION DE CONTRATACION DIRECTA


R-DCA-234-2011 CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Contratación Administrativa. San José, a las once horas del dieciséis de mayo del dos mil once. ------------------------------------------------------ Recurso de objeción interpuesto por el señor Arnoldo Sauter Becker, en su condición de apoderado generalísimo de SAUTER MAYOREO S.A. en contra del cartel de la Licitación Pública N°2011LN- 000041-85001, promovida por el Tribunal Supremo de Elecciones para la “Compra de equipo para TIM”-- I.-POR CUANTO: La empresa SAUTER MAYOREO S.A presentó recurso de objeción contra el cartel de referencia. --------------------------------------------------------------------------------------------------------------- II.-POR CUANTO: Esta División confirió audiencia especial a la Administración licitante con el objeto de que se refiriera por escrito a los argumentos de la empresa objetante y remitiera una copia fiel del cartel de la presente licitación, la cual fue atendida en tiempo mediante oficio Nº TSE-1257-2011 de fecha 10 de mayo del 2011, anexando a su vez copia del cartel del concurso. -------------------------------------------------- III.- POR CUANTO: Sobre la admisibilidad del recurso. Plazo de interposición y legitimación para impugnar: El artículo 170 del Reglamento de Contratación Administrativa, indica que el recurso de objeción deberá presentarse dentro del primer tercio del plazo para presentar ofertas, contado a partir del día hábil siguiente de la publicación o de aquel en que se realice la invitación. En este sentido tenemos, que la invitación al concurso fue publicada en el Alcance Nº 24 a La Gaceta Nº 79 del 26 de abril del 2011, habiéndose fijado como fecha de apertura el día 18 de mayo del 2011, razón por la cual el plazo para impugnar el respectivo cartel expiró el día 3 de mayo del año en curso. Al respecto y en vista que consta en el expediente, que la objetante presentó su recurso el día 2 de mayo, se tien ...
Fecha publicación: 19/05/2011
Fecha emisión: 16/05/2011
Institución: TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL